Desde hoy 15 de febrero y hasta el 30 de marzo, los ciudadanos que cumplan los requisitos podrán solicitar el cheque de 200 euros con el que el Ejecutivo aspira a ayudar a las familias de bajos ingresos frente a la crisis inflacionista. Teniendo en cuenta que pensionistas y beneficiarios del ingreso mínimo vital quedan excluidos del plan, el Ejecutivo calcula que la ayuda llegará a unos seis millones de personas, unos 4,2 millones de familias.
¿En qué consiste la nueva ayuda?
Es una ayuda que consiste en un pago único de 200 euros, para las personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio, que durante el 2022 hayan sido asalariados, autónomos o beneficiarios de la prestación o subsidio por desempleo.
¿Puedo solicitarla?
Pueden pedir esta ayuda aquellas personas que en 2022 hayan tenido ingresos inferiores a los 27.000 euros íntegros (el importe bruto sin descontar gastos ni retenciones) y un máximo de 75.000 euros de patrimonio a 31 de diciembre de 2022 (descontando la vivienda habitual). Uno de los requisitos es tener la residencia habitual en España. Para el cálculo deben sumarse las rentas y el patrimonio de las personas que convivan en el mismo domicilio y que tengan un vínculo legal (como un matrimonio o una pareja de hecho). En un mismo hogar podrá haber más de un beneficiado si, por ejemplo, son solo compañeros de piso o pareja sin ningún tipo de vínculo legal. Esto perjudicaría a las familias, donde los 27.000 euros serán el tope para los ingresos de todos sus integrantes.
¿Quién está excluido?
No tienen derecho a la ayuda quienes, a 31 de diciembre de 2022:
- Perciban el ingreso mínimo vital (incluye complemento de ayuda a la infancia).
- Perciban una pensión abonada por el régimen general o los regímenes especiales de la Seguridad Social o por el régimen de clases pasivas del Estado, así como quienes perciban prestaciones análogas de las mutualidades de previsión social alternativas al RETA (régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos).
- Tampoco tienen derecho a la ayuda si durante 2022 alguna de las personas que conviven en el mismo domicilio fueron administradores de derecho de una sociedad mercantil que no hubiese cesado en su actividad a 31 de diciembre de 2022.
¿Cómo se solicita?
La ayuda se solicitará a través del formulario electrónico disponible en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Para la presentación de la solicitud es necesario disponer de Cl@ve, certificado electrónico o DNI-e. Para la solicitud de estas ayudas se debe consignar el NIF del solicitante y de las personas que convivan en el mismo domicilio, y la cuenta bancaria titularidad del solicitante en la que desea que se realice el abono de la ayuda. No es obligatorio consignar el NIF de menores de 14 años que no dispongan del mismo.
¿Cómo se cobra?
La Agencia Tributaria abonará la ayuda mediante una transferencia bancaria. Por tal motivo, es necesario indicar una cuenta y la titularidad del solicitante. Transcurrido el plazo de tres meses desde la fecha límite de presentación del formulario sin haberse efectuado el pago, la solicitud podrá entenderse desestimada.