La Audiencia de Tarragona ha condenado a 240 años de cárcel al líder de la mayor red de pornografía infantil desarticulada en España, Jean Luc Aschbacher, y a 19 años a un segundo responsable de la trama, Christian Bernard Georges Arson.
La sentencia condena a 240 años de cárcel a Aschbacher por captación de menores, someterlos a abusos sexuales en los que participaba él mismo, producción y distribución de pornografía infantil y pertenencia a organización criminal.
A Arson le condena a 19 años de cárcel por captación de menores, producción y distribución de pornografía infantil, aunque considera probado que no abusó de las víctimas como sí hizo su jefe.
Ambos condenados, de nacionalidad francesa, captaban a niños en situación de vulnerabilidad para someterlos a abusos sexuales y filmarlos en más de 300 rodajes, sobre todo en un piso de Tortosa, aunque también viajaban como turistas sexuales a Tailandia, entre otros países.
Las víctimas ascienden a más de un centenar, aunque solo se logró identificar a 18 de entre 11 y 16 años, algunas tuteladas por la Dirección General de Atención a la Infancia y a la Adolescencia de la Generalitat de Catalunya.
La red actuó sin ser detectada durante más de 15 años, camuflada bajo la empresa legal Productos Aschbacher, hasta que las sospechas de una empleada de la DGAIA desencadenaron una investigación de los Mossos d'Esquadra.
Los Mossos detuvieron en 2015 a siete hombres implicados en la red y, aunque ingresaron en prisión, quedaron en libertad provisional al cabo de unos meses.
Aschbacher, Arson y un tercer acusado, Youness en Naciri, que sigue en busca y captura, se fugaron antes del juicio, celebrado en la Audiencia de Tarragona en 2019.
Los dos condenados ahora fueron detenidos en mayo de 2021 en Francia, fueron juzgados el pasado mes de febrero e ingresaron en prisión preventiva en la cárcel por riesgo de fuga hasta que dictara sentencia.
Los otros cuatro implicados que sí fueron juzgados en 2019 por la Audiencia recurrieron sus condenas al Tribunal Supremo, que las elevó sustancialmente al apreciar que la producción y distribución de pornografía infantil es un delito continuado.