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Dani Alves, condenado a 4 años y medio de cárcel por violar a una joven en Barcelona

En el juicio, que se celebró entre el 5 y el 7 de febrero pasados, la Fiscalía pidió nueve años de cárcel para Alves y la acusación particular, doce.

22 febrero 2024 10:52 | Actualizado a 22 febrero 2024 12:33
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La Audiencia de Barcelona ha condenado el exfutbolista del Barça Dani Alves a cuatro años y medio de prisión por la agresión sexual a una joven el diciembre del 2022 en una discoteca de la capital catalana.

El tribunal también impone al brasileño libertad vigilada durante cinco años después de salir de prisión, 150.000 euros de indemnización y prohibición de comunicarse o acercarse a la víctima durante 9,5 años.

El tribunal ha apreciado la circunstancia atenuante de reparación del daño al depositar el acusado una indemnización al inicio de la instrucción. La fiscalía pedía nueve años de prisión, mientras la acusación particular pedía 12 por la violación a una joven al lavabo de un reservado de la discoteca Sutton la noche del 30 al 31 de diciembre del 2022.

A Alves también se lo inhabilita para cualquier ocupación, cargo público, profesión u oficio relacionados con menores de edad durante cinco años después de la pena. Igualmente tendrá que pagar una multa de 9.000 euros por un delito de lesiones leves. La sentencia se puede recorrer ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC).

Desde enero del 2023, Alves está en prisión provisional, a pesar de haber pedido varias veces la libertad. Ha tenido tres abogados y ha dado varias versiones de los hechos, empezando para decir que no conocía a la chica, diciendo después de que era ella quién había abusado sexualmente de él, afirmando más tarde que las relaciones eran consentidas y añadiendo al final que estaba bajo los efectos del alcohol.

Mientras tanto, la versión de la chica no ha variado mucho y varias pruebas corroboran buena parte de su relato. A pesar de que Alves ha sido trasladado a la Audiencia de Barcelona este jueves 22 de diciembre por la mañana, ha estado todo el rato en los calabozos del Palau de Justícia, donde su abogada le ha comunicado la sentencia. Después ha vuelto a la prisión de Brians, donde seguirá hasta que tenga algún recurso penitenciario o quede en libertad.

Hechos probados

Segundos los hechos probados de la sentencia, la víctima llegó a la discoteca Sutton hacia las 2.30 horas del 31 de diciembre con su prima y una amiga. Alves llegó al local hacia las 2.45 horas con un amigo brasileño y los dos fueron al reservado que usaban habitualmente, la mesa número 6 de la zona VIP denominada ‘Moet’ y que tenía acceso directo y exclusivo a la llamada ‘suite’, con lavabo y una salita con sofá, nevera y televisor.

Las tres chicas estuvieron en la sala general y hacia las 02.50 horas accedieron en la zona ‘Moet’ invitadas por unos chicos mexicanos. Alves y su amigo invitaron dos chicas en su zona y después lo hicieron con la víctima y las dos acompañantes. Al segundo intento de hacerlas entrar a la zona reservada, las chicas aceptaron. Ya eran las 3.20 horas aproximadamente y las dos primeras chicas invitadas salieron de la zona.

Los dos hombres y las tres chicas estuvieron bailando, conversando y bebiendo champán. Acusado y denunciante bailaron y hablar, pero el tribunal no ve acreditado que ella tocara el pene de Alves voluntariamente o forzada por él. “Después de haberlo acordado con la denunciante, hacia las 3.42 horas, el procesado se dirigió a la puerta que da acceso a la denominada ‘suite’ y accedió a su interior. Dos minutos después accedió la denunciante”, afirma el escrito de los magistrados.

“Una vez dentro, y sin que conste acreditado ni que el acusado introdujera el pene en la boca de la denunciante, ni que esta accediera voluntariamente a practicar una felación al señor Alves, el acusado pretendió penetrar vaginalmente la víctima”, relata la sentencia. “En uso de su mayor fuerza, la echó en tierra, y la denunciante se golpeó la rodilla”, continúa. “La víctima pidió a Daniel Alves que la dejara marchar, que quería salir de allá, y el procesado no se lo permitió. La víctima, al encontrarse en esta situación, en este pequeño lavabo sin posibilidad de salida porque se lo impedía el señor Alves, y ante la actitud violenta que este mostraba, se sintió impresionada y sin capacidad de reacción; llegó a sentir que le faltaba el aire dada la situación de angustia y terror ante el que estaba viviendo”, explican los magistrados.

En la sentencia de 61 páginas comunicada dos semanas después de acabar el juicio, el tribunal no ve demostrado que Alves intentara practicar sexo oral a la víctima levantándola de tierra y colocándola en la pica y de espaldas a él. En cambio, sí que considera probado que Alves, “utilizando su fuerza física, venciendo así la oposición de la denunciante, la colocó inclinada sobre el váter, donde la penetró vaginalmente con su pene hasta eyacular dentro de ella, sin utilizar preservativo y sin su consentimiento”.

El tribunal entiende que “con esto se cumple el tipo de ausencia de consentimiento, con uso de la violencia, y con acceso carnal”. La resolución explica que “para la existencia de agresión sexual no hace falta que se produzcan lesiones físicas, ni que conste una heroica oposición de la víctima a mantener relaciones sexuales”. Y precisa que “en el actual caso hay, además, unas lesiones en la víctima que hacen más que evidente la existencia de violencia para forzar su voluntad, con el subsiguiente acceso carnal que no viene negado por el acusado”.

Después de todo esto, hacia las 4.00 horas de la madrugada, Alves salió del lavabo, dejó la víctima allá y se dirigió a su mesa reservada, donde cogió una copa y se alejó hacia una mesa diferente. Unos segundos después salió la víctima, que se dirigió a su prima y le pidió marcharse de la discoteca. Las dos se fueron sin despedirse de Alves, pero sí del amigo de él.

Al andar hacia la salida de la discoteca, la víctima estalló a llorar por lo que le acababa de pasar, y fue atendida por el personal del local, que activó inmediatamente el protocolo de agresiones sexuales. Mientras era atendida por el personal de Sutton al pasillo de salida, Alves y su amigo salieron de la discoteca rápido hacia las 4.06 horas. Se cruzaron con la víctima y sus amigas al pasillo, pero no los dirigieron ninguna palabra.

La versión del acusado

Y respecto al acusado Dani Alves y su versión de los hechos, la sentencia recuerda que “no tiene obligación de declarar, y de hacerlo, la falta de credibilidad de sus declaraciones exculpatorias no constituye una prueba de cargo de su culpabilidad, porque también tiene el derecho constitucional a no declarar contra sí mismo. Tampoco que el acusado incurra en contradicciones o su relato no se ajuste al ocurrido, en todo o en parte, no supone que tenga que considerárselo sin más autor de los hechos; no puede entenderse que constituya prueba de cargo”.

Sobre la atenuante de reparación del daño, la sentencia dice que consta acreditado que “con anterioridad a la celebración del juicio la defiende ha ingresado en la cuenta del juzgado la cantidad de 150.000 euros para que fueran librados a la víctima, sin ningún tipo de condicionante”.

Según el parecer de la sala, “por más que en la interlocutoria de procesamiento se estableciera la obligación del procesado de abonar una fianza de 150.000 euros, el hecho que haya indicado que solicita que esta cantidad le sea librada a la víctima con independencia del resultado del juicio, expresa una voluntad reparadora que tiene que ser contemplada como una atenuante”.

Al mismo tiempo, la sentencia no acepta la circunstancia atenuante de embriaguez, como pidió la defensa poco antes del juicio, “en no haber quedado acreditado en el plenario la afectación que el consumo de alcohol pudo tener en las facultades volitivas y cognoscitivas del acusado”.

La defensa de la víctima

La defensa de la víctima de Dani Alves se ha mostrado satisfecha con la sentencia notificada este jueves.

En la salida de la Audiencia de Barcelona, David Sainz ha asegurado que están satisfechos porque la condena reconoce «la verdad de la víctima y el sufrimiento». Con todo, ha apuntado que «evidentemente» el daño no se ha reparado y que quieren estudiar a fondo el texto.

Sobre la pena fijada por el tribunal, Sainz ha matizado que quieren valorar la sentencia completa y ver si la pena impuesta se puede comparar con «la gravedad» de los hechos probados. Así, esperarán a revisar la sentencia con «calma» y no ha aclarado si presentarán recurso o no.

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