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Indemnizan con 600.000 euros a la familia de un paciente que murió por una negligencia médica

El paciente murió desangrado tras serle extirpado el bazo debido a una lesión en una arteria que pasó inadvertida a los cirujanos en Cuenca

27 febrero 2023 19:04 | Actualizado a 27 febrero 2023 19:25
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El Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM) ha sido condenado a pagar una indemnización de 600.000 euros a la familia de un paciente que murió tras serle extirpado el bazo debido a una negligencia médica.

El paciente, de 42 años, acudió al hospital «Virgen de la Luz» de Cuenca en julio de 2017 para someterse a la extirpación de su bazo debido a una esplenomegalia acusada (bazo agrandado), trombopenia y déficit congénito leve de factor VII, circunstancias que alteraban la coagulación del paciente.

Según la sentencia, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en la intervención se produjo la lesión de una pequeña arteria peripancreática que pasó inadvertida entre los cirujanos.

Después de tres horas y media en el Servicio de Reanimación y como consecuencia de haber perdido casi 4 litros de sangre sufrió una parada cardiorrespiratoria. Dos horas después volvió a ser intervenido para frenar la hemorragia que llevaba sufriendo y, a pesar de que fue estabilizado, la excesiva pérdida de sangre provocó un daño hipóxico que le condujo al fracaso multiorgánico falleciendo al día siguiente de la intervención.

Los familiares del fallecido denunciaron los hechos y contrataron los servicios jurídicos de la asociación «El Defensor del Paciente» que ahora ha logrado esta indemnización. La sentencia subraya que el paciente no fue tratado correctamente puesto que no se tuvieron en cuenta los antecedentes relacionados con problemas de coagulación que padecía y tampoco se prestó atención a los síntomas (taquicardias y dolor abdominal) que manifestaban la hemorragia.

Falta de pruebas

En este sentido, la sentencia señala que la ausencia de la práctica de pruebas para controlar la posible existencia de hemorragia, (eco abdominal urgente, monitorización de la hemoglobina y plaquetas, gasometría arterial, monitorización continua de la tensión arterial a través de un catéter radial así como control de la frecuencia respiratoria) demuestra que no existió una actuación correcta ante la sintomatología que presentaba el paciente.

Por el contrario, la sentencia aclara que si se hubieran realizado tales pruebas se habría diagnosticado la hemorragia abdominal a tiempo y el paciente habría sido llevado a quirófano, trasfundido y no habría presentado la parada cardiorrespiratoria ni, por lo tanto, muerte encefálica.

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