La Sala Civil del Tribunal Supremo ha condenado a la aseguradora Sanitas a indemnizar con algo más de 3 millones de euros a una mujer y a su hijo por una negligencia durante el parto en 2005 que causó daños neurológicos irreversibles al recién nacido. Así lo recoge la sentencia, que estima parcialmente el recurso de casación interpuesto por la mujer en su nombre y en el de su hijo contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, que había fijado una indemnización menor, de 2,2 millones de euros. La Audiencia ya confirmó en 2016 la responsabilidad de Sanitas en el caso por la asistencia sanitaria “deficiente” prestada durante el parto, que tuvo lugar el 23 de abril de hace veinte años.
Según consta en el documento, debido a la atención médica deficiente, el parto se demoró a pesar de haberse detectado un hematoma retroplacentario y una anemia progresiva y grave. Esta situación provocó lesiones neurológicas irreversibles en el feto, y el niño nació, entre otras secuelas, con parálisis cerebral.
El texto también detalla otras lesiones, como retraso madurativo, pérdida grave de agudeza visual binocular, crisis convulsivas por epilepsia y una discapacidad múltiple severa a nivel motor, cognitivo y sensorial.
Según la sentencia, el hijo requiere once horas diarias de ayuda de una tercera persona, dado que nació con parálisis cerebral y padece secuelas cognitivas y neurológicas.
La madre interpuso la primera demanda contra Sanitas en 2012, solicitando que se reconociera su responsabilidad por la asistencia sanitaria “deficiente” recibida. Esta demanda fue resuelta por un juzgado de Madrid en 2014 y confirmada por la Audiencia Provincial de Madrid en 2016.
La madre reclamaba una indemnización por daños y perjuicios cuantificada en cerca de 5 millones de euros, la mayor parte por secuelas y conceptos como rehabilitación domiciliaria y ambulatoria, adecuación del domicilio o perjuicios morales.