El Tribunal Supremo ha avalado que se cuelgue la bandera arcoiris LGTBI en los edificios públicos durante la celebración del Orgullo al entender que no es un «símbolo de significación partidista» ni «propugna ningún tipo de enfrentamiento».
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo ha sentenciado que la Diputación de Valladolid y el Ayuntamiento de Zaragoza no incumplieron la ley que regula el uso de las banderas al colgar la arcoiris en el patio interior, en el primer caso, y en el balcón, en el segundo.