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El Observatorio contra la LGTBI-fobia alerta que la sentencia del Supremo británico favorece discursos transexcluyentes

El alto tribunal británico ha dictaminado por unanimidad que los términos “hombre”, “mujer” y “sexo” deben interpretarse según el sexo asignado al nacer

16 abril 2025 18:43 | Actualizado a 16 abril 2025 18:57
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El Observatorio contra la LGTBI-fobia ha expresado su preocupación este miércoles por la reciente sentencia del Tribunal Supremo del Reino Unido, que define legalmente el concepto de “mujer” en función del sexo biológico. Según la entidad, esta decisión “favorece discursos transexcluyentes” y supone un retroceso hacia posturas “biologicistas, esencialistas, deterministas y genitalistas” respecto a la identidad de género.

El alto tribunal británico ha dictaminado por unanimidad que los términos “hombre”, “mujer” y “sexo”, tal como aparecen en la Equality Act de 2010, deben interpretarse según el sexo asignado al nacer, y no según el sexo reconocido mediante un Certificado de Reconocimiento de Género (GRC). Esto excluye a las mujeres trans de la definición legal de “mujer” en esta normativa.

La resolución responde a una batalla legal iniciada por la organización feminista For Women Scotland, que impugnó la guía del Gobierno escocés sobre la Ley de Representación de Género en los Consejos Públicos de 2018, que buscaba aumentar la presencia de mujeres —incluidas las mujeres trans— en estos órganos.

Según el Observatorio, leyes como la impugnada en Escocia intentan garantizar los derechos de las personas trans sin perjudicar a ningún otro colectivo. Se trata, afirma, de equilibrar la igualdad de oportunidades sin eliminar derechos ni establecer jerarquías en torno a la identidad de género.

La entidad advierte de que las consecuencias de esta sentencia pueden ser “graves y preocupantes” para los activismos LGTBI, aunque valora que “afortunadamente”, gran parte del movimiento feminista continúa defendiendo una postura inclusiva y garante de derechos para las mujeres trans.

Asimismo, denuncia la “transfobia estructural” que sufre el colectivo trans, y en particular las mujeres trans, y advierte de que este fallo judicial puede dar “cobertura legal” a discursos que propician su exclusión del acceso a derechos básicos.

Por todo ello, el Observatorio defiende la necesidad de seguir luchando por el derecho a la autodeterminación de género, ya reconocido en diversos marcos legales internacionales, y reivindica que la identidad de género es “mucho más compleja y rica” que una definición basada exclusivamente en características físicas sexuales o normas heteronormativas.

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