El Consell Executiu ha aprobado el decreto del Pla Territorial sectorial d’habitatge, cuyo objetivo es alcanzar el 15% de vivienda asequible en Catalunya en un plazo de 20 años. Este plan determina los municipios incluidos en las áreas de demanda residencial “fuerte y acreditada” y establece los objetivos quinquenales municipales de solidaridad urbana, así como el incremento del parque de viviendas de alquiler social. La portavoz del Gobierno, Sílvia Paneque, ha señalado que “representa un hoja de ruta ambiciosa en materia de vivienda para las próximas dos décadas”, con el objetivo de alcanzar un 15% de vivienda asequible, de los cuales un 9% será de alquiler.
El decreto también establece la reserva de suelo para protección pública, en cumplimiento con la Ley del Derecho a la Vivienda de 2007. En los municipios que se encuentran en áreas de fuerte demanda residencial (140 actualmente, donde vive el 80% de la población catalana), los estándares de reserva mínima serán los siguientes: el suelo correspondiente al 50% del techo que se califique para uso residencial de nueva implantación en suelo urbanizable delimitado; y el 40% en suelo urbano no consolidado, con la posibilidad de reducir esta cifra hasta el 30% cuando sea necesario para garantizar la viabilidad económica de la actuación. En ambos casos, al menos la mitad de estas reservas debe destinarse específicamente al régimen de arrendamiento. Además, se establece un plazo de dos años para la adaptación de los planes locales de vivienda de ámbito municipal o supramunicipal, para alinearlos con el Plan Territorial Sectorial de Vivienda.
Paneque ha subrayado que “las políticas de vivienda deben ser estructurales y no limitarse a ser medidas puntuales para atender situaciones de emergencia”. El departamento competente en materia de vivienda gestionará el fondo de solidaridad urbana previsto en el Plan y deberá aprobar el reglamento que lo regule. Asimismo, en coordinación con las administraciones locales, podrá aprobar programas de inspección de los edificios residenciales con el objetivo de detectar la existencia de viviendas desocupadas y establecer censos de propiedades que puedan verse afectadas por las medidas establecidas.
Censo de Viviendas para Políticas Sociales
Para lograr el objetivo de solidaridad urbana, se integrarán en el parque de viviendas destinadas a políticas sociales las siguientes categorías:
- Viviendas acogidas a cualquier modalidad de protección oficial.
- Viviendas promovidas por operadores públicos, que tengan un precio intermedio entre las viviendas con protección oficial y el mercado libre.
- Viviendas de titularidad pública o privada gestionadas por administraciones competentes en políticas de vivienda.
- Alojamientos dotacionales.
- Viviendas privadas de alquiler administradas por redes de mediación social.
- Viviendas de inserción gestionadas por la Red de Viviendas de Inclusión.
- Viviendas y alojamientos de acogida para personas inmigrantes, refugiadas o solicitantes de asilo.
- Viviendas cedidas en régimen de masoveria urbana.
- Viviendas de empresas destinadas a sus trabajadores.
Dentro del plazo de un año desde la entrada en vigor del Plan Territorial Sectorial de Vivienda, los municipios obligados a cumplir el objetivo de solidaridad urbana deberán constituir el censo de viviendas que integran sus parques de viviendas destinadas a políticas sociales. Este plan entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, mientras que el cumplimiento de los objetivos de solidaridad urbana, alquiler social y protección oficial para las diferentes áreas comenzará el 1 de enero de 2025.