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El Constitucional inadmite el recurso de Puigdemont contra la orden nacional de detención

Dictado por mayoría, a excepción de Laura Diez, quien considera que la Sala de Vacaciones no debió resolver la solicitud

09 agosto 2023 13:26 | Actualizado a 09 agosto 2023 13:36
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La Sala de Vacaciones del Tribunal Constitucional ha inadmitido a trámite el recurso del expresidente catalán, Carles Puigdemont, contra la orden nacional de detención que dictó el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena al confirmar su procesamiento por delitos por malversación agravada y desobediencia en el procès.

La Sala, compuesta por los magistrados Concepción Espejel, César Tolosa y Laura Díez, ha acordado inadmitir el recurso de amparo interpuesto por Puigdemont y el exconsejero catalán Antoni Comin, ante “la manifiesta inexistencia de violación de un derecho fundamental tutelable en amparo”, según ha informado el Tribunal Constitucional.

La resolución ha sido dictada por mayoría con el voto particular de la magistrada progresista Laura Diez Bueso, que disiente del resto al considerar que esta Sala de Vacaciones no debió resolver por no ser urgente la decisión sobre la suspensión de las medidas cautelarísimas y por considerar que, en su caso, el recurso de amparo debió ser admitido.

La Sala de Vacaciones declaró su competencia para conocer sobre la decisión de admisión del citado recurso de amparo, al venir esta exigida por la necesidad de resolver sobre la solicitud de adopción de la medida cautelarísima solicitada de suspensión de una resolución judicial que acuerda la privación de libertad.

El pasado junio, la Sala de Apelación confirmó el procesamiento de Puigdemont y de los exconsellers Antonio Comín, Clara Ponsatí y Lluis Puig por malversación agravada y desobediencia, tras la reforma del Código Penal impulsada por el Gobierno que derogó la sedición.

En la vista de apelación, la defensa del expresident pidió anular las órdenes nacionales de detención y revocar el procesamiento de Puigdemont y de los exconsellers para “que se adapte el procedimiento a la realidad gestada por el poder ejecutivo y legislativo” porque “ninguno es responsable del desaguisado de una reforma penal deplorable”.

Pero la Fiscalía respondió que lo único que pretendían los rebeldes es “liar más procesalmente el asunto para seguir planteando nuevas batallas” en los tribunales cuando “todo este empantanamiento procesal no ha sido obra del tribunal, ni de la Fiscalía ni de la Abogacía, ha sido obra de los recurrentes”.

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