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Bajas prenatales, por la regla y por aborto se aplicarán a partir de mayo

El resto de medidas de la nueva ley del aborto, incluida la no necesidad de permiso paterno para interrumpir el embarazo a los 16 y 17 años, estarán ya en vigor la próxima semana

16 febrero 2023 17:27 | Actualizado a 16 febrero 2023 17:29
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Una amplísima mayoría del Congreso aprobará hoy de manera definitiva la nueva ley del aborto, con la oposición de PP y Vox, y con el ‘no’ de Cs, en su caso porque no transige con que califique la gestación subrogada como «explotación reproductiva».

El grueso de las medias y reformas que incorpora serán ya exigibles por los ciudadanos desde la próxima semana, pues entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. Sin embargo, las españolas tendrán que esperar un trimestre, hasta la segunda mitad de mayo, para poder beneficiarse de las tres disposiciones que más han llamado la atención, todas ellas nuevos derechos en forma de bajas laborales retribuidas. Se trata del período de descanso prenatal, de la incapacidad temporal por menstruaciones muy dolorosas, y de la baja por aborto, sea voluntario o accidental.

El trimestre de vacatio legis es el plazo mínimo que la propia norma entiende que precisarán las administraciones públicas y las empresas, y de forma muy especial todos los departamentos de la Seguridad Social, para adaptar sus procedimientos burocráticos a las reformas legales necesarias para regular las nuevas prestaciones.

Todas las embarazadas tendrán en mayo –a partir de la fecha en que se cumplan los tres meses de la publicación en el BOE– derecho a una baja remunerada desde el primer día de la semana 39 de gestación y hasta el parto. La Seguridad Social pagará todos los gastos salvo los del primer día, que abonará la empresa. Las menores de 21 años no necesitan período de cotización alguno, y las exigencias serán mínimas para el resto.

En las mismas fechas funcionará ya la baja específica para que las mujeres con reglas incapacitantes puedan descansar esos días en casa. La subvención será sufragada íntegramente por el Estado y alcanzará a cualquier trabajadora con esta dolencia. Será el médico quien indique la duración de la incapacidad, y podrá acordarla las veces que crea conveniente.

La tercera prestación exigible dentro de tres meses es la baja para las mujeres que sufran una interrupción del embarazo, voluntaria o no. El médico determinará la extensión que, en cualquier caso, se alargará mientras precise atención sanitaria o esté impedida para el trabajo. Tendrán este derecho todas las trabajadoras, sin mínimos de cotización.

Anticonceptivos

Una cuarta novedad de la ley también requiere de un período extra. La norma da un plazo máximo de un año al Gobierno y a las autonomías para cumplir con la obligación de dispensar gratis anticonceptivos de barrera en los centros de servicios sociales, de salud sexual y en los penitenciarios, así como para fomentar la investigación, financiación y comercialización de anticonceptivos masculinos seguros y eficaces.

Lo que sí entrará en vigor de inmediato es el bloque central de la norma. Además de recuperar el libre albedrío de las jóvenes de 16 y 17 años, impone medidas precisas para blindar el derecho de todas las españolas a interrumpir voluntariamente su embarazo en un hospital público lo más próximo posible a su casa. Crea un registro autonómico para que los médicos que no estén dispuestos a practicar abortos ejerzan por anticipado la objeción de conciencia y, al tiempo, manda a las autonomías organizar los centros públicos para que siempre haya al menos un profesional que pueda garantizar el derecho al aborto.

La publicación de la ley suprimirá los tres días de reflexión y garantizará la gratuidad de los anticonceptivos de última generación y de la píldora del día después. La semana que viene también estará ya en vigor la prohibición de toda publicidad que favorezca o fomente la prostitución, y de la propaganda con que se ofrecen los intermediarios de la gestación subrogada.

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