El juzgado de instrucción número 7 de Barcelona ha absuelto a los 46 policías nacionales investigados por agredir y lesionar a decenas de votantes independentistas el 1 de octubre de 2017 en la capital catalana.
Según el magistrado instructor, los actos investigados fueron «de escasa duración individual, enmarcados en un objetivo policial definido y que no continuaron una vez conseguido el objetivo, sin prolongarse en el tiempo más allá de la propia maniobra policial de entrada y salida de los diversos colegios electorales».
En su auto, el juez dice que tanto las lesiones como los delitos contra la integridad moral «superan el umbral de gravedad necesario para excluir la aplicación de la ley de amnistía». Así, menciona que si la ley es clara al amnistiar delitos de lesiones de hasta 5 años de prisión, también deben amnistiarse los delitos contra la integridad moral que no superen los 4 años de prisión.
Las acusaciones querían que el caso llegara a juicio para decidir si los delitos contra la integridad moral alcanzaban el nivel de tortura o tratos inhumanos y degradantes, lo que los excluiría de la amnistía. Sin embargo, el magistrado considera que no hay discusión sobre la amnistía de las lesiones.
Respecto a la amnistía de los delitos contra la integridad moral, el instructor considera que los hechos no superaron el «umbral mínimo de gravedad» que los dejaría fuera de la amnistía, y tampoco «humillaron o degradaron a una persona mostrando una disminución de su dignidad humana o provocando miedo, angustia o inferioridad de manera capaz de quebrar su resistencia moral o física».
Irídia se opuso a la amnistía al considerar que podrían haberse cometido delitos de tortura o tratos inhumanos o degradantes contra los votantes, hechos que están excluidos de la ley de amnistía.
En febrero, la Audiencia de Barcelona confirmó la decisión del juzgado de enviar a juicio a un total de 46 policías nacionales por las cargas en las diferentes escuelas de la ciudad de Barcelona durante el 1 de octubre de 2017. Ratificaba así el criterio del magistrado instructor, que considera que existen suficientes indicios de delitos de lesiones y contra la integridad moral en este caso.
En la resolución, el tribunal descarta investigar más agentes —motivo de los recursos de apelación de las acusaciones—, pero también descarta archivar la causa contra ninguno de ellos, rechazando las peticiones de sus defensas, con el apoyo mayoritario del ministerio fiscal.
El auto estableció que «la calificación jurídica indiciaria que atribuye el auto a los hechos descritos va más allá de simples delitos de lesiones y apunta claramente a que algunas conductas podrían encuadrarse en el delito contra la integridad moral cometido por funcionario público».
El auto del juzgado envió a juicio a 46 policías y archivó la causa para otros 21. Òmnium, Irídia y la ANC apelaron contra algunos de estos archivos, pero la Audiencia los confirmó. En cuanto a los agentes investigados, se desestimaron sus recursos contra su imputación.
El tribunal señaló que hay muchas evidencias e imágenes que indican que podrían haberse cometido abusos policiales como lesiones y delitos contra la integridad moral contra los votantes independentistas. De hecho, la Audiencia también respaldó que algunos mandos sean juzgados por dar órdenes de cargas desproporcionadas.