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El Fiscalía presenta recurso contra una sentencia por un intento de asesinato en El Rourell

El acusado fue condenado a 9 años de cárcel al considerar el tribunal el atenuante de confesión. El Ministerio Público considera que nunca confesó los hechos. La víctima murió casi tres años después

16 febrero 2024 19:56 | Actualizado a 17 febrero 2024 07:00
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La Fiscalía de Tarragona ha presentado un recurso de casación contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Tarragona, que condenaba a un hombre a nueve años de prisión por un delito de tentativa de asesinado –aunque la víctima falleció casi tres años después–. El tribunal apreció la atenuante de confesión, una circunstancia no compartida por el Ministerio Público, que pedía diez años de cárcel.

La víctima, J. M. R. A., cuando ocurrieron los hechos trabajaba como médico en la localidad de Olot. El 12 de julio de 2019 estaba pasando el fin de semana en El Rourell con un amigo. Esa tarde decidió enseñarle la masía en la que había vivido años antes.

A la víctima le sorprendió el estado en el que había encontrado la masía. Esa misma noche llamó por teléfono al hijo de los dueños de la finca, para comentarle el estado en el que había encontrado la casa. Durante la llamada, el propietario –que residía en Canarias– pidió a J. M. R. A. que se acercara a la casa para controlar si ésta había sido ocupada.

En moto

A las diez y cuarto de la noche, J.M.R.A. pidió a una persona que le dejara su moto. En la masía se encontraba el acusado, D. A. J., un rumano, cuyo padre había alquilado la masía por un plazo de cinco años en virtud del contrato firmado el 1 de diciembre de 2016. El acusado salió a buscarle, recriminándole que estuviera en su domicilio.

La víctima preguntó al acusado qué hacía en esa casa. Éste último le contestó, muy alterado, que tenía derecho a estar unos dos o tres años más. El denunciante cogió el teléfono móvil y llamó al hijo del propietario para comprobar que eso era cierto. En ese momento, el agresor se abalanzó sobre la víctima.

Girar la espalda

J. M. R. A. dio la espalda al acusado y se dirigió a la motocicleta. El encausado cogió un hacha y golpeó la cabeza de la víctima.

Tras la agresión, el herido empezó a sangrar abundantemente, lo que le impidió tomar la motocicleta. Tampoco pudo coger el móvil para pedir auxilio. Pidió ayuda al acusado pero este llamó al teléfono 112 para denunciar una intrusión en su domicilio.

El herido volvió caminando hasta el bar del Casal, a donde llegó descalzo. Cuando una patrulla fue al lugar de la agresión, no había nadie. A las 00.17 horas del día 13, el agresor se presentó en la comisaría de los Mossos d’Esquadra de Campclar. Manifestó que una persona había entrado en su masía y que le había golpeado con el primer objeto que había encontrado. Y entregó a los agentes el pantalón que llevaba en el momento de los hechos, procediendo a su detención.

Los hechos tuvieron lugar el 12 de julio de 2019 en una masía aislada donde vivía el agresor

Como consecuencia de la agresión, J. M. R. A. -que en ese momento tenía 40 años- sufrió lesiones muy graves, que tardaron 432 días en curarse, todos ellos están impedidos. De ellos, 10 permaneció hospitalizado -cuatro en la UCI-.

A la víctima le quedaron secuelas importantes, que suponían una grave enfermedad somática o psíquica, con trastornos cognitivos y daño neuropsicológico, trastorno orgánico de la personalidad, alteración de las funciones cerebrales, pérdida de agudeza auditiva, etc. Falleció el 22 de marzo de 2022 por causas ajenas a los hechos.

El recurso

El fiscal ha presentado un recurso de casación ante el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya. Considera que la llamada que el condenado hizo al 112 y su presentación en la comisaría dos horas después de los hechos «reconoce haber golpeado con un objeto al perjudicado. Ofrece una versión de los hechos de carácter exculpatorio y ajeno a la realidad de los hechos sucedidos». Admite que el reconocimiento por parte del acusado «simplificaron parcialmente tanto la investigación policial como la judicial», aunque la Fiscalía considera que no puede aplicar la atenuante de confesión.

El Ministerio Público recalca, en su escrito, que el procesado no ha reconocido los hechos ni la infracción, y que su manifestación no fue veraz. En los Mossos d’Esquadra no declaró.

En el Juzgado de Instrucción no fue sincero, solo «persiguió procurarse una buena defensa afirmando hechos que no eran ciertos y que podían dar lugar a la apreciación de legítima defensa y miedo insuperable». Subraya que a lo largo del proceso no ha habido una actitud «cooperadora» del procesado.

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